Si usted está involucrado en una demanda en California, es posible que se pregunte si tengo que pagar impuestos por un acuerdo o si los acuerdos por lesiones personales pagan impuestos. La buena noticia es que, en la mayoría de los casos, los acuerdos de demanda no son imponibles en California. Sin embargo, es importante comprender las reglas estatales y federales sobre impuestos sobre acuerdos legales para tomar decisiones informadas y evitar cargas fiscales inesperadas.
Generalmente, los fondos recibidos de un acuerdo de demanda pueden considerarse ingresos imponibles por acuerdo legal según el IRS. No obstante, los acuerdos por lesiones personales —específicamente los que resultan de accidentes de carro o resbalones y caídas— normalmente están exentos de impuestos de acuerdo con el IRS y las normas de impuestos de acuerdos en California. Aun así, hay excepciones, y cada caso es diferente. A continuación se desglosa qué tipos de indemnizaciones son gravables y cuáles no.
Tipos de Indemnizaciones y Acuerdos
Determinar cuánto de un acuerdo por muerte injusta o de un acuerdo por lesiones personales irá a la parte lesionada y cuánto estará sujeto a impuestos por el IRS y el Estado de California requiere un análisis detallado de los tipos específicos de daños establecidos en el acuerdo de conciliación. A continuación, se presenta un desglose general de los distintos tipos de daños en una demanda por lesiones personales en California y sus implicaciones fiscales.
Daños Por Lesiones Físicas
Si recibe un acuerdo por lesiones físicas sufridas como resultado de la negligencia de otra persona, dicho acuerdo generalmente no se considera ingreso imponible en California. Esto incluye acuerdos por gastos médicos, salarios perdidos y otros daños económicos relacionados que tienen costos claramente calculables.
Daños Por Angustia Emocional
Los acuerdos por angustia emocional también suelen no ser imponibles en California, siempre que estén relacionados con lesiones físicas sufridas en el mismo incidente. Esto significa que, si recibe un acuerdo tanto por lesiones físicas como por angustia emocional, es posible que el acuerdo completo siga considerándose libre de impuestos.
Daños Punitivos
Los daños punitivos tienen como finalidad castigar al demandado por su conducta indebida y, por lo general, se otorgan en casos de mala conducta intencional o negligencia grave. En California, los daños punitivos se consideran ingresos imponibles. No obstante, este tipo de indemnización es relativamente poco común y, por lo general, representa solo una pequeña parte de cualquier acuerdo.
¿Qué Acuerdos de Demanda Son Imponibles?
Aunque los acuerdos por lesiones personales generalmente no son imponibles en California, existen otros tipos de acuerdos que pueden considerarse ingresos sujetos a impuestos. Esto incluye acuerdos por:
- Salarios perdidos
- Daños a la propiedad
- Difamación
- Incumplimiento de contrato
- Discriminación ilegal
- Daños punitivos
Es importante revisar su acuerdo específico para determinar si alguna parte está sujeta a impuestos. En algunos casos, es posible negociar los términos del acuerdo para minimizar la carga fiscal.
¿Qué Acuerdos de Demanda No Son Imponibles?
La compensación otorgada por lesiones físicas visibles se considera libre de impuestos, por lo que no es necesario incluir estos acuerdos en su declaración anual. Como se mencionó, las indemnizaciones derivadas de demandas por lesiones personales que demuestran “daño corporal observable” no son gravadas por el IRS, como en casos de accidentes de carro, resbalones y caídas, y ciertos accidentes en el transporte público, entre otros.
Si la angustia emocional es consecuencia de una lesión física o enfermedad causada por un accidente, cualquier compensación recibida por ese concepto no es imponible. Por lo tanto, la angustia emocional debe estar directamente relacionada con el daño físico sufrido.
Además, algunos reembolsos por gastos médicos no son imponibles. Si usted no tomó una deducción detallada por visitas médicas relacionadas con angustia emocional o lesiones físicas en años anteriores, dichos reembolsos se consideran libres de impuestos. Sin embargo, si llegó a un acuerdo y fue reembolsado por gastos médicos después de haber tomado previamente una deducción, es posible que deba pagar impuestos sobre esa cantidad en el año en que reciba el acuerdo.
| Tipo de acuerdo | Gravable | No gravable | Notas |
| Lesión física | ❌ | ✅ | Incluye gastos médicos, salarios perdidos (si están relacionados con la lesión), etc. |
| Angustia emocional (con lesión física) | ❌ | ✅ | Solo si está directamente vinculado a un daño físico |
| Angustia emocional (sin daño físico) | ✅ | ❌ | Gravable si no está relacionado con una lesión física observable |
| Daños punitivos | ✅ | ❌ | Siempre gravable bajo la ley federal y de California |
| Salarios perdidos (no relacionados con lesiones) | ✅ | ❌ | Gravable como sustitución de ingresos |
| Daños a la propiedad | ✅(si se obtiene una ganancia
) |
❌ | Solo es gravable si el pago del seguro excede la base del valor de la propiedad |
| Gastos médicos (sin deducción previa) | ❌ | ✅ | No es gravable si no se reclamó una deducción fiscal previa |
| Gastos médicos (deducidos previamente) | ✅ | ❌ | Reembolso gravable si se dedujo en un año anterior |
| Difamación / incumplimiento de contrato | ✅ | ❌ | Se trata como ingreso; no está relacionado con una lesión física |
| Honorarios del abogado por contingencia (posterior a 2017) | ✅ | ❌ | No se puede deducir; reduce la compensación neta recibida |
Honorarios de Contingencia del Abogado
Es natural que los demandantes quieran recibir su compensación completa por lesiones personales, menos los honorarios de contingencia pagados a sus abogados, una vez que el caso se ha resuelto. Es importante tener en cuenta que, bajo la Ley de Recortes de Impuestos y Empleos de 2017 (Tax Cuts and Jobs Act de 2017), específicamente para acuerdos gravables, su pago final puede ser considerablemente menor.
Esto se debe a que los legisladores aprobaron la Ley Fiscal de 2017, la cual considera que los honorarios del abogado del cliente, como los honorarios de contingencia, no son deducibles. Antes de 2017, los clientes podían deducir los honorarios de contingencia del monto total del acuerdo. Ese ya no es el caso, por lo que puede esperar recibir menos del monto total de su acuerdo una vez que se apliquen los impuestos estatales, federales y los honorarios del abogado.
El IRS Tiene La Ultima Palabra
Al final del día, el IRS tiene la última palabra. Si usted recibe un acuerdo en California que se considera ingreso imponible, deberá reportarlo en su declaración de impuestos.
Por lo general, recibirá un Formulario 1099-MISC, el cual reporta la cantidad de ingreso imponible que recibió durante el año. Si no recibe este formulario, aun así debe reportar el acuerdo en su declaración de impuestos, ya que sigue siendo responsable de pagar impuestos sobre cualquier ingreso imponible que reciba.
Para asegurarse de que está cumpliendo correctamente con los códigos y leyes fiscales, le recomendamos hablar con un contador público certificado si tiene dificultades para diferenciar qué parte de su acuerdo es imponible y cuál no. Existen situaciones en las que, dentro del mismo caso, se pueden otorgar tanto daños imponibles como no imponibles.
Abogados de La Costa Oeste Puede Ayudarle a Reducir Los Impuestos de Su Acuerdo
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